La responsabilidad penal en el marco de delitos contra los trabajadores recae en Directivos y mandos intermedios
Las reglas especiales de responsabilidad en el marco de delitos contra los trabajadores dejan entrever la inexistencia de responsabilidad penal de la propia empresa. Ante un accidente laboral, los potenciales responsables penales del mismo serán siempre personas, y éstas pueden ser desde los administradores y directivos, los encargados de prevención de riesgos laborales de la compañía, los encargados del servicio u otros empleados de la compañía, generalmente mandos intermedios. Esta es una de las conclusiones que se pudo extraer de las jornadas de formación exclusivas para clientes organizadas por CTAIMA